¿Puede el SAT imponer multas por el pago extemporáneo de contribuciones cuando no lo haya advertido de esa forma la autoridad o medie requierimiento Previo? Y de ser así ¿cuáles son los medios de defensa al alcance del contribuyente?
Un tema del cual depende el cuidado de los bienes del gobernado y sobre el cual se podrá iniciar el credito fiscal mediante multas o las facultades de comprobación.